Aprobado pago de recargos dominicales y festivos del 100 %  en Reforma Laboral que estudia la Cámara de Representantes

Un total de 53 artículos de la Reforma Laboral han sido aprobados por la Plenaria de la Cámara de Representantes, mientras que otros tres fueron negados.

Tras la jornada en la que se aprobaron 21 de ellos, restan por estudiar 28 para culminar su tránsito por esa corporación legislativa antes de pasar a los debates restantes en la Comisión Séptima y plenaria del Senado y sanción presidencial.

Dentro de los artículos aprobados se encuentra el 17, que establece el pago de recargos dominicales y festivos del 100 % y no del 75 %, como sucede actualmente.

La norma prevé que este pago se hará efectivo de manera gradual: En 2025, el recargo será del 80 %, en 2026 del 9 0%, y en 2027 llegará al 100 %. Si el día de descanso coincide con otro día remunerado, el trabajador solo recibirá el recargo por las horas trabajadas ese día.

«Importantes avances para las mujeres y para toda la familia, con la recuperación del tiempo libre, la remuneración justa de los días de descanso, las licencias, los beneficios para madres comunitarias, entre otros», destacó la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez.

Artículo controversial de licencias

La Cámara de Representantes también aprobó el artículo 18, a través del cual se amplía y detalla las licencias que los empleadores deben conceder a los trabajadores.

A las licencias tradicionales por calamidad doméstica, para el ejercicio del voto, o para desempeñar cargos oficiales, se incluyen licencias para asistir a citas médicas, tanto programadas como de urgencia, y “en casos de diagnósticos menstruales incapacitantes o para atender citas médicas o judiciales relacionadas con violencias basadas en género».

Adicionalmente, se otorga licencia para asistir a entierros de compañeros y para desempeñar comisiones sindicales, siempre que no afecte el funcionamiento de la empresa.

Si el empleador lo solicita, el trabajador deberá demostrar que hizo uso de la licencia para esos fines. (Foto: Yan Krukau on Pexels.com)

Incluye, además, una licencia para que los trabajadores puedan asistir a eventos escolares de sus hijos o menores de edad bajo su cuidado, y para atender situaciones relacionadas con violencia de género, como trámites judiciales o administrativos.

En estos casos, si el empleador lo solicita, el trabajador deberá demostrar que hizo uso de la licencia para esos fines. Estas medidas buscan ofrecer mayor flexibilidad y apoyo en situaciones personales importantes, asegurando a la vez que no se perjudique el funcionamiento de la empresa.

Este artículo generó controversia durante su debate y aprobación. La representante a la Cámara, Catherine Juvinao, de la Alianza Verde, aseguró que con la norma se abre la puerta para que los trabajadores no presenten excusas médicas, algo que, para ella, podría traer graves consecuencias.

«Lo que se acaba de aprobar en el artículo 18, que tiene que ver con licencias remuneradas, es antitécnico pero, sobre todo, muy irresponsable”, señaló la congresista.

Añadió que “en el literal E quedaron los permisos remunerados para asistir a citas médicas programadas o de urgencias. Pero no se exige que el empleado acredite la patología por el médico tratante de esa incapacidad o de esa enfermedad”.

“Esto llevaría a las empresas a una situación absolutamente inmanejable porque, entre otras cosas, para los casos de ciclos menstruales incapacitantes que se incluyen aquí, van a terminar generando discriminación contra las mujeres», explicó.

Por su parte, la ponente el proyecto, María Fernanda Carrascal, del Pacto Histórico, defendió la aprobación de este punto, tras señalar que «contribuye a un mayor equilibrio entre la vida personal y laboral».

Sin embargo, dijo que las observaciones serán tenidas en cuenta en el tercer debate en la Comisión Séptima del Senado.  En este caso se incluirá la obligatoriedad de la acreditación de las incapacidades.

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