¿Tunja sin alcalde? Qué viene tras decisión Tribunal de Boyacá que anuló la elección de Mikhail Krasnov 

El Tribunal Administrativo de Boyacá anuló la elección del alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov, tras resolver, en primera instancia, una demanda en que se advierte que el ciudadano ruso-estadounidense estaba inhabilitado para ocupar el cargo para el cual fue elegido en las elecciones regionales de octubre de 2023.

Según la demanda, el funcionario suscribió un contrato de prestación de servicios con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC) el 6 de diciembre de 2022, lo que violó el límite de tiempo estipulado para que los aspirantes a cargos de elección popular dejen sus cargos públicos.

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo, rechazó, sin embargo, otro de los puntos de la demanda relacionado con la doble nacionalidad vigente: ruso-ucraniana por nacimiento y colombiana por adopción. 

Al rechazar este argumento, aseguró que para ser alcalde de la ciudad de Tunja, contrario a la Presidencia de la República, no se requiere ser ciudadano colombiano por nacimiento.

¿Cuál fue el contrato que lo inhabilita?

La ley  establece que los aspirantes a estos cargos quedan inhabilitados si un año antes de los comicios mantienen contratos con el Estado, por lo que para el caso del alcalde de Tunja, el periodo de inhabilidad comprende entre el 29 de octubre de 2022 y el 29 de octubre de 2023.

Sin embargo, el contrato firmado por Krasnov con la UPTC fue celebrado el 6 de diciembre de 2022, lo que lo dejaba fuera de la contienda electoral. 

«Capacitar en revisión de documentos y redacción de artículos científicos en inglés y alemán a los estudiantes de los semilleros de investigación de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas», era el objeto del contrato, que tuvo un valor de 8.129.040 de pesos.

La defensa del alcalde de Tunja para rechazar la demanda esa que dentro de la categoría de entidad pública no puede ser tomada en cuenta un ente universitario autónomo. 

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Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Boyacá, consideró que si bien es una entidad pública de régimen especial por la función que cumple bajo el principio de autonomía universitaria, sigue siendo una entidad pública, en el caso de la UPTC, de orden nacional.

Por estas razones, el Tribunal declaró la nulidad de la elección como falta absoluta del alcalde, lo que genera «la necesidad de que se deba proveer el cargo como está legalmente previsto». 

¿Qué viene para el alcalde?

Por tratarse de una decisión en primera instancia, el alcalde local podrá apelar la decisión del Tribunal, por lo que la última palabra la tendrá el Consejo de Estado, que deberá decidir en segunda instancia si ratifica o no la destitución de Krasnov. Por el momento, podrá seguir ejerciendo sus funciones. 

Pero en caso de confirmarse la decisión, tendrán que realizarse nuevamente elecciones que serán convocadas por el gobernador de Boyacá, Carlos Amaya.

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