El Consejo de Estado ordenó al presidente, Gustavo Petro dejar de transmitir los consejos de ministros a través de los canales provados, locales y regionales.
La decisión del alto tribunal advierte que estas transmisiones vulneran la pluralidad informativa, por ende solo se podrán transmitir en los canales públicos como Señal Colombia y el Canal Institucional.
Tomó la decisión, en primera instancia, al resolver una tutela interpuesta por María Cristina Cuélelas Cárdenas quien «reclamó la protección de su derecho fundamental a la información, el cual consideró vulnerado por la presidencia de la República con ocasión de las transmisiones de los consejos de ministros por los canales privados de televisión».

“El derecho a la información es una libertad pública esencial para los estados democráticos, que se predica de quien emite la información, sobre quien pesa los deberes de veracidad y de imparcialidad y, por otra parte, del receptor, a quien le asiste el derecho de recibir información plural, objetiva, veraz y oportuna”, según el Consejo de Estado.
En el fallo se defendió el concepto de “pluralismo informativo” al que tienen derecho los colombianos al considerar que ese se vio afectado al ser transmitidos los consejos de ministros a la hora en la que por tradición se han transmitido los noticieros, genera una afectación en este derecho.
“El derecho a la información es una prerrogativa constitucional, cuyo ejercicio no puede ser obligatorio, sino libre y, por lo tanto, se vulnera, como ocurrió en este caso, cuando se cercena la posibilidad de no acceder a la información difundida en los consejos de ministros y la única opción para las personas consiste en excluirse, apagando el aparato, del acceso al servicio público de televisión”, determinó.
Añadió que “el derecho a la información es igualmente vulnerado, se envió el mensaje que la ”única opción informativa es la información oficial del gobierno, difundida en todos los canales televisivos de acceso abierto».

Para el alto tribunal de lo Contencioso Administrativo, la difusión de los consejos de ministros en la franja de las 7 a las 10:30 de la noche “es particularmente grave” debido a que es el momento en el que mayor cantidad de personas pretenden acceder al servicio público, en la búsqueda de información, ocio, esparcimiento y cultura.
Por esta razón, se ordena al Presidente de la República, al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y a la Comisión de Regulación de Comunicaciones, CRC, que se abstengan de reincidir en los que considera es un hecho vulnerador del derecho fundamental a la información y, por lo tanto, no transmitir más los consejos de ministros a través de los canales privados de televisión.
“Aunque existe la posibilidad de difundir los consejos de ministros en los canales de televisión públicos de carácter nacional, Señal Colombia y Señal Institucional, esta decisión se adopta sin perjuicio de las competencias del juez de la acción de cumplimiento, respecto del carácter reservado que tienen los consejos de ministros, o de la determinación de la naturaleza de dicha reunión, como alocución presidencial”, enfatizó.

Ministro del Interior dijo que Gobierno apelará la decisión
Entre tanto, el Ministro del Interior, Armando Benedetti anunció que el Gobierno apelará la decisión.
«No se alegren tanto. La decisión de no transmitir los consejos de ministros será impugnada. Una tutela no puede ir en contra de la Ley 182 de 1995″, señaló en su cuenta en la red social X.
.Agregó: «Por una ciudadana que deba apagar el televisor, no se puede privar a millones de personas de que se enteren de las decisiones del Ejecutivo».
«Por la trascendencia de este fallo, pediremos que la impugnación se resuelva en la sala plena del Consejo de Estado», puntualizó.

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