El Gobierno del presidente Gustavo Petro levantó el estado de conmoción en el Catatumbo, precisamente cuando se cumplen tres meses de decretada.
Aunque se daba como un hecho que esta sería prorrogada por otros 90 días, fue expedido el decreto 0467 del 23 de abril, a través cual se levanta la medida que se aplicaba para la región del Catatumbo, Cúcuta y dos municipios del Cesar.
El decreto 0467 del 23 de abril señala: «Levántese el Estado de Conmoción Interior declarado por medio del Decreto 0062 de 24 de enero de 2025 a partir del día 24 de abril de 2025».
Para el Gobierno, «las medidas extraordinarias señalas han contribuido a conjurara las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Conmoción Interior y evitar la expansión de sus efectos», por lo que se adoptó la decisión.
Sin embargo, en la norma se estableció que los 11 decretos legislativos expedidos al amparo de la medida excepcional se prorrogaron por 90 días, con el propósito de continuar con el trabajo en la región y evitar que el panorama recrudezca.
Se trata de los decretos legislativos 106, 107, 108, 117, 118, 120, 121, 134, 137, 180 y 433 de 2025 se matendrán vigentes por tres meses más.
Esta decisión la justificó el Gobierno amparándose en el artículo 41 de la ley estatutaria 137 de 1994 que establece: «Los decretos legislativos que dicte el Gobierno durante el Estado de Conmoción Interior, dejaran de regir tan pronto como se declare restablecido el orden público, pero se podrá prorrogar su vigencia hasta por 90 días más».

Estados decretos están relacionados entre otros con garantías de recursos para los habitantes del Catatumbo, protección de tierras, atención a los desplazados, y otras medidas.
Es el caso del decreto 106, que le permite a los habitantes de la zona acceso a crédito, financiamiento, alivio de pasivo y suspensión del cobro judicial para «garantizar medios de vida y producción de alimentos».
Para el Gobierno «el Banco Agrario de Colombia (BAC) y el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (FINAGRO) requieren mantener las facultades excepcionales para aplicar condonaciones, acuerdos de recuperación y refinanciación masiva de cartera en zonas rurales con alta morosidad, cuyo marco ordinario no permite estos alivios».

Igualmente, el decreto 107, que otorga medidas de protección a las zonas agrícolas, cadenas productivas y otras áreas relacionadas con el abastecimiento de alimentos.
Según el Gobierno, se debe mantener las capacidades para contratar y proteger las cadenas productivas a través de contribuciones parafiscales y la protección de la semilla. Esto debido a que no cesan los efectos de la violencia en los sistemas productivos de la región.
Los invitamos a seguir el canal de SinCandado en WhatsApp. Activen la campanita. https://whatsapp.com/channel/0029Va5h18bL2ATvVS9cpQ1S
Visite nuestras cuentas en X (Twitter), Instagram, Youtube y Youtube Music y el podcast de SinCandadoRadio en Spotify y demás plataformas. Arriba encuentran los iconos de acceso.
Escuche el más reciente episodio de SinCandadoRadio: ¿La izquierda pierde terreno en Latinoamérica con la derrota del correismo en Ecuador?




















































Deja un comentario