Epa Colombia permanecerá en prisión: Corte Suprema rechaza tutela que buscaba su libertad

La Corte Suprema de Justicia negó una tutela interpuesta por varios ciudadanos que buscaba la libertad de la empresaria y creadora de contenido, Daneidy Barrera.

Con esta decisión, Epa Colombia, quien fue condenada más de 5 años de prisión por los delitos de instigación a delinquir con fines terrorista, deberá permanecer recluida en la Cárcel El Buen Pastor de Bogotá.

“En lo relacionado con las quejas expuestas, conviene referir que los solicitantes carecen de legitimación para enarbolarlas”, de acuerdo con el fallo.

Y añade: “Ello, pues, no son estos quienes ostentan la titularidad de las prerrogativas que se invocan, pues acudieron a esta vivía en beneficio de Daneidy Barrera Rojas, sin aducir alguna circunstancia especial que justifique su vinculación”.

Barrera fue encontrada responsable y condenada a  63 meses y 15 días de prisión por ocasionar destrozos con un martillo en una estación de TransMilenio durante una protesta callejera, mientras se grababa y transmitía por redes sociales.

Tras conocerse la decisión el abogado penalista, Francisco Bernate, apoderado de Epa Colombia pidió a la ciudadanía frenar las tutelas, pues esto ralentiza el sistema judicial y señaló que “no es una derrota significativa”.

“Ha sido algo que ha generado todo tipo de dificultades, entiendo que quieran ayudar, pero la realidad es que la avalancha de tutelas que se presentaron en la Corte Suprema de Justicia pues lo único que logra es estrechar los caminos para que nosotros podamos desarrollar una estrategia”, aseguró.

Dijo que un caso similar se presenta ante el juez de ejecución de penas con tutelas que han sido interpuestas por “fundaciones que desconozco quiénes son o con qué interés actúan”.

“Es una situación que humanamente entiendo, pero que las personas no se alcanzan a imaginar el daño que hacen al cerrar y cerrar las posibilidades que nosotros podemos ejercer en defensa de la ley”, señaló el abogado penalista.

Recolección de pruebas para detención domiciliaria

Recientemente, el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Bogotá, ordenó recolectar pruebas para determinar Barrera Rojas es apta para recibir el beneficio de la detención domiciliaria y conmutar parte de su pena con servicio comunitario.

De acuerdo con la orden de la juez Ginna Coral Alvarado, emitida el pasado 14 de abril se determinó la practica de pruebas, luego de una solicitud de la defensa de la empresaria y creadora de contenidos.

En la petición, del abogado Bernate enfatizó que Barrera carece de antecedentes penales previos a la sentencia, es madre cabeza de familia y tiene “una disposición clara y contundente de acogerse a la pena sustitutiva, sustentada con su trayectoria y el desarrollo de su proyecto ‘Aprende y Emprende con EPA Colombia’, en el que su enfoque social y de inclusión, ratifica su compromiso con la comunidad y con la población vulnerable”.

Ese proyecto social se venía implementando con las presas de El Buen Pastor, hasta su encarcelamiento en ese mismo recinto el pasado mes de enero.

En consecuencia, la jueza ordenó la práctica de seis pruebas, que incluyen una solicitud al Ministerio de Justicia para que “remitan el registro actualizado de las plazas para la prestación del servicio de utilidad pública y los convenios disponibles en la ciudad de Bogotá”. 

Una vez se surta ese trámite se analizará la posibilidad de que Epa Colombia puede hacer algún servicio comunitario.

En la decisión también se determinó realizar una visita sociofamiliar en la casa de Barrera Rojas, para establecer “quiénes habitan el lugar, qué vínculos tiene la sentenciada, cómo ha sido su comportamiento en el hogar, qué actividades ha realizado”.

Se llamará a declarar a algunas personas cercanas a la detenida y se estudiará si por su comportamiento en la cárcel se le puede aplicar alguna redención de la pena (rebajas de tiempo por trabajo, estudio y buen comportamiento).

“Una vez recibida la información y documentación señalada, este despacho emitirá pronunciamiento frente a las peticiones de prestación de utilidad pública como sustitutiva de la prisión en aplicación a lo dispuesto en la Ley 2292 de 2023 y el sustituto de la prisión domiciliaria por madre cabeza de familia presentadas a favor de Daneidy Barrera”, señaló la juez.

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