El Consejo de Estado fijó para el próximo miércoles 14 de mayo, la audiencia en la que se tramitará la solicitud de pérdida de investidura presentada contra 28 congresistas del Pacto Histórico por presunta violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades.
En la sesión que se realizará de manera virtual y que está prevista para las 10 de la mañana, se analizará el informe de ponencia del magistrado Luis Alberto Álvarez Parra.
Durante el proceso, varios de los congresistas cuya demanda de pérdida de investidura fue presentada ante el tribunal de lo contencioso administrativa, formularon excepciones «previas», alegando falta de configuración de los elementos objetivos de la causal y ausencia de pruebas suficientes.
Sin embargo, el demandante se opuso a estas excepciones, tras reiterar sus argumentos y se abstuvo de solicitar nuevas pruebas. En consecuencia, los aspectos de fondo planteados serán consigados en la sentencia.
El Consejo de Estado definirá la investidura de los siguientes congresistas:
-Yuly Esmeralda Hernández Silva (Colombia Humana).
-Jael Quiroga Carrillo (Unión Patriótica).
-Sandra Yaneth Jaimes Cruz (Polo Democrático Alternativo).
-Alex Flórez Hernández (Colombia Humana).
-Pedro Flórez Porras (Polo Democrático Alternativo).
-Heráclito Landinez Suárez (Movimiento Alternativo Indígena Social – Mais).
-Gloria Elena Arizabaleta Corral (La Fuerza de la Paz).
-David Alejandro Toro Ramírez (Pacto Histórico).
-Pedro José Suárez Vacca (Colombia Humana).
-Susana Gómez Castaño (Colombia Humana).
-Dorina Hernández Palomino (Soy Porque Somos).
-Norman David Bañol Álvarez (Movimiento Alternativo Indígena Social – Mais).
-Luis Alberto Albán Urbano (Comunes).
-Carmen Felisa Ramírez Boscán (Colombia Humana).
-Gabriel Ernesto Parrado Durán (Polo Democrático Alternativo).
-Leyla Marleny Rincón Trujillo (Polo Democrático Alternativo).
-Jorge Alejandro Ocampo Giraldo (Polo Democrático Alternativo).
-Jorge Andrés Cancimance López (Colombia Humana).
-Jorge Hernán Bastidas Rosero (Colombia Humana).
-Gildardo Silva Molina (Unión Patriótica).
-Eduard Giovanny Sarmiento Hidalgo (Polo Democrático Alternativo).
La pérdida de investidura, conocida como la “muerte política”, implica la destitución inmediata del cargo y la imposibilidad de volver a aspirar a cuerpos colegiados de elección popular.
Se trata de un mecanismo previsto en Constitución y se aplica cuando los congresistas incurren en causales específicas, como la violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades.

En ese caso, una vez se inicie el estudio de la pérdida de investidura, los implicados tendrán un plazo de cinco días hábiles, tras ser notificados, para responder por escrito a la solicitud presentada en su contra.
Durante este periodo, los legisladores podrán aportar las pruebas que consideren necesarias para sustentar su defensa. Una vez concluido este plazo, el expediente será remitido al despacho correspondiente para continuar con el trámite.
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