Controversia por interpretación de fallo de juez que ordenaría repetición de votacion, de consulta popular en el Senado, según Petro

El presidente Gustavo Petro anunció que un fallo de tutela ordenó repetir la votación de la propuesta de consulta popular en la plenaria del Senado , lo que según dijo, confirmaría la tesis de su gobierno de un presunto fraude.

«Un juez acaba de tulelar nuestro derecho a la consulta popular. Determinó que hubo fraude en el Senado y ordena repetir la votación del Senado en las próximas 48 horas», enfatizó.

El pronunciamiento del jefe de Estado fue hecho durante una intervención en la ceremonia de ascenso de 109 hombres y mujeres de la Armada Nacional.

Así mismo pidió a los congresistas: “Desde aquí les envío un mensaje a los senadores y senadoras, independientemente de sus partidos: tienen que tomar esa decisión con tranquilidad y su corazón puesto en el pueblo colombiano». 

“Nadie puede impedir que un parlamentario pueda ejercer con libertad su derecho a votar”, indicó.

El Jefe de Estado aseguró que la consulta popular «no es cualquier proposición», sino la convocatoria «al constituyente primario a decidir sobre sus derechos».

En ese mismo sentido se pronunció el ministro del Interior, Armando Benedetti y volvió a acusar al presidente del Senado, Efraín Cepeda, de una «trampa» por la votación en la que la consulta fue rechazada por 47 votos a favor y 49 en contra.

“Un juez acaba de decidir en una tutela que a María José Pizarro se le vulneró el derecho del debido proceso, lo que significa que cuando ella pidió la apelación ante la presidencia del Senado, es Efraín Cepeda quien le dijo que no, o sea, que el presidente del Senado hizo trampa”.

Agregó: “Ese es solo uno de los seis vicios que hay. ¿Y ahora qué van a hacer? ¿Abrir nuevamente la votación? Ya pasó el mes. Desde el segundo 0 dijimos que hubo fraude, jugaditas, espurias y trampas».

Según el ministro del Interior “la decisión ahora le da 48 horas para que repita esa votación en el Senado, pero si la llegara a repetir el primero de junio, que ya pasó, se cumplió el mes que le da la ley a esa corporación para aprobar la consulta popular”.

Benedetti señaló que esto indica que la corporación no tomó una decisión: “Una tesis que venimos sosteniendo desde el día cero”.

¿Juez ordenó repetir la votación?

Tras estos pronunciamientos, se generó una controversia por el fallo de tutela de la juez sexta civil, Hilda Maria Saffon Botero, por cuanto, lo que de acuerdo con el texto se ordena al presidente del Senado amparar el derecho fundamental al debido proceso “del que es titular la senadora María José Pizarro”.

Y añade: “Se ordenó al presidente del Senado que, en término de 48 horas, siguientes a la notificación de esta providencia, resuelva el recurso interpuesto por la senadora del 14 de mayo del año 2025, relacionado con el cierre la votación para la aprobación o no hay una consulta popular”.

En concreto, lo que la juez determinó es que el presidente del Senado debía en el termino de 48 horas resolver la apelación presentada por la congresista, Pizarro y no repetir la votación de la propuesta de convocatoria a la consulta popular.

Para el representante a la Cámara del Centro Democrático, Andrés Forero, esta apelación ya fue votada e pasado 20 de mayo.

«Pizarro apeló esa decisión de Cepeda, se puso a consideración y se rechazó con 64 votos contra 31. De esta forma el senado se negó a reabrir la votación de la consulta», indicó.

También se conoció una carta del presidente del senado a la congresista Pizarro respondiendo sobre la apelación radicada.

«Como consta en las grabaciones de la transmisión pública, la Senadora María José Pizarro expresa apelar la votación, dicha acción se considera improcedente , dado que, contradice de manera directa el Reglamento del Congreso, Ley 5 de 1992, esto según lo evidencia la primera prueba del presente escrito», detalla.

Y puntualiza: «Dado que en el presente caso, NO se presentó algún empate en la votación de la Consulta Popular que tuvo lugar el día 14 de mayo de 2025, la misma legalmente, no puede ser repetida, no se puede desconocer el derecho que tienen los Senadores, a que voto es el reflejo del cumplimiento de su obligación Constitucional».

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