El expresidente Álvaro Uribe será candidato del Centro Democrático al Senado en las elecciones de marzo de 2026

El director del Centro Democrático, Gabriel Vallejo, anunció que el expresidente Álvaro Uribe Vélez será candidato de ese partido al Senado en las elecciones de marzo de 2026.

Así lo hizo saber en una declaración en la que advirtió que la inclusión del exmandatario ya está definida, mientras que el resto de la lista será determinado por un comité evaluador. 

Aseguró que ese comité revisará aspectos como formación académica, reputación y capacidad de representación regional de los aspirantes.

“Nosotros aspiramos a tener 25 senadores, entre otras cosas porque si los temas judiciales se lo permiten, el presidente Álvaro Uribe será el número 25 en la lista. Ese es el único que tenemos fijo ya”, aseguró Vallejo.

De acuerdo con el director de esa colectividad, el comité tendrá la tarea de analizar los perfiles de los precandidatos y recomendar al partido la posición que ocuparán en la lista, para lo cual se evaluarán criterios como la honorabilidad, identificación con los principios del Centro Democrático y la capacidad de representación regional.

Destacó que la meta del partido es alcanzar la totalidad de los 25 curules en el Senado para lo cual esa colectividad buscará liderar un proceso que, en sus palabras, contribuya a la recuperación del país. 

“Queremos decirle al país que el Centro Democrático tendrá la enorme responsabilidad de liderar la lista, que va a ayudar a contribuir a la recuperación de Colombia”, aseguró.

La candidatura del expresidente Uribe al Senado dependerá una decisión definitiva en torno al proceso por el que la juez 44 Penal de Circuito, Sandra Liliana Heredia lo condenó a 12 años de prisión domiciliaria.

Segunda instancia y tutela contra libertad de Uribe

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá ordenó la libertad inmediata del exmandatario al concluir que la decisión de la juez estuvo mal motivada.

Señaló que esa decisión fue adoptada en razones “vagas, indeterminadas e imprecisas”, mencionando como factores la “percepción ciudadana” y el “efecto ejemplarizante”, por lo que en su concepto, esos criterios resultan “desatinados” porque las conductas atribuidas a Uribe afectan a personas específicas y no a la sociedad en general.

Por esa razón el Tribunal Superior de Bogotá consideró que no era procedente justificar una medida de aseguramiento apelando a la convivencia pacífica o al orden social cuando el caso se refiere a hechos concretos y particulares.

El pasado 27 de agosto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia asumió el análisis de una tutela interpuesta por las víctimas en el proceso judicial por manipulación de testigos.

Con esta acción se busca que se revoque la decisión del Tribunal Superior de Bogotá que permitió la libertad inmediata de Uribe. El caso fue asignado a una sala compuesta por tres magistrados: Myriam Ávila Roldán, presidenta de la Sala Penal; Gerson Chaverra, expresidente de la Corte Suprema; y Diego Eugenio Corredor Beltrán, que será el magistrado ponente encargado de proyectar la decisión que deberá ser debatida en el pleno de la Sala.

La Corte Suprema tiene un plazo de 20 días para resolver si mantiene, modifica o revoca el fallo que permitió la libertad de Uribe. 

De confirmarse el fallo del Tribunal Superior de Bogotá, el expresidente Uribe continuará en libertad mientras avanza la apelación de su condena a 12 años de prisión domiciliaria.  

En el caso que modifique, podría establecer nuevas reglas sobre los alcances de la detención preventiva y las garantías del debido proceso en casos de alto interés público.

Sin embargo, en caso de revocar la decisión, se restablecería la medida de aseguramiento de prisión domiciliaria.

Si bien la decisión que adopte la Corte Suprema de Justicia será de cumplimiento inmediato, aunque aún quedará abierta la posibilidad de que la Corte Constitucional revise de fondo la tutela para precisar criterios sobre la restricción de la libertad en procesos penales y los límites que deben observar los jueces al imponer medidas de aseguramiento.

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