Se agudiza el hacinamiento en las cárceles: llega al 28,6 % y en centros de detención transitoria al 142,5 %

El hacinamiento en las cárceles colombianas se agudiza y deja en evidencia las condiciones infrahumanas del sistema penitenciario, ya que la superpoblación penitenciaria llega al 28,6 %, un incremento de 2,1 puntos frente al año anterior.

Cifras del INPEC, con corte al 23 de septiembre, detallan que en los centros carcelarios existe una población privada de la libertad 104,395, pese a que únicamente existen cupos para 81,139 personas.

La situación no es exclusiva en las cárceles hombres, sucede lo mismo en las de mujeres, donde existen altísimos porcentajes de hacinamiento. Por ejemplo, en Bogotá este llega al 40,85 %, mientras que en el departamento del Cesar asciende al 140 %.

Pero si la situación es grave en las cárceles, en los centros de detención transitoria la situación es igualmente dramática, advierte el director del Pregrado en Criminología e Investigación Criminal de la Universidad del Rosario, Samuel Escobar, a propósito de la celebración de la fiesta de la Virgen de la Merced, patrona de los reclusos.

De acuerdo con la última actualización del Ministerio de Justicia, con corte al 15 de septiembre de 2025, el porcentaje de hacinamiento en las estaciones de policía y unidades de reacción inmediata es del 142,56 %.

“Es decir, hay capacidad en salas para 9,687 personas, pero estas cuentan con 20,889. No sobra resaltar que, como su nombre lo indica, los centros de detención transitoria no están diseñados para la reclusión prolongada, sea a título de condena o detención preventiva”, comentó el catedrático.

Cifras del INPEC, con corte al 23 de septiembre, detallan que en los centros carcelarios existe una población privada de la libertad 104,395, (Foto: Ron Lach on Pexels.com)

Vulneración a los derechos de las personas privadas de la libertad

Para el experto, importantes como son estas cifras, el hacinamiento es apenas un síntoma del problema real que también se refleja en vulneraciones a los derechos a la salud, alimentación, y acceso a la justicia de las personas privadas de la libertad, entre otros.

Destacó que este problema no se resuelve mediante la construcción de más establecimientos y su correlativa ampliación de cupos carcelarios, ni con la privatización de las cárceles, como han pedido varios sectores.

Escobar señaló que la realidad es que el estado de cosas inconstitucional en las cárceles obedece a una política criminal de estado que no ha centrado sus esfuerzos en la prevención del delito a partir de datos empíricos y que, cuando se produce el fenómeno criminal, se ha orientado al incremento punitivo sin explorar verdaderas alternativas a la reclusión o a la misma judicialización.

“Una política criminal que tampoco pretende la resocialización de las personas privadas de la libertad, más allá de que para algunos este concepto resulte problemático si se considera que la mayoría de estas han sido históricamente excluidas de buena parte de nuestras dinámicas sociales”, manifestó.

Añadió que “por ejemplo, según los tableros estadísticos del INPEC hay 4,318 personas privadas de la libertad que no saben leer y escribir, pero únicamente 1,374 se encuentran vinculadas a programas de alfabetización”.

Aumento de penas no previene el delito

El académico dijo que la solución tampoco está relacionada con el aumento de penas para prevenir los delitos, sin embargo, destacó que se han desplegado esfuerzos importantes desde la articulación interinstitucional, así como que cada día tenemos mayor información sobre la situación de las personas privadas de la libertad para mejorar la toma de decisiones.

“La labor es continua. La criminología ha demostrado hasta la saciedad que el aumento de penas no previene el delito, que las cárceles no resocializan por lo general y, más bien, impulsan a algunas personas hacia verdaderas carreras criminales”, comentó.

El académico dijo que la solución tampoco está relacionada con el aumento de penas para prevenir los delitos. (Foto: Sora Shimazaki on Pexels.com)

Agregó: “Debemos tomarnos en serio la necesidad de prevenir y reaccionar de otras formas frente al delito”.

“Si tenemos un modelo predominantemente restaurativo para las atrocidades como forma de superar el conflicto armado, ¿por qué no uno para los crímenes ordinarios que limite la cárcel a supuestos de extrema gravedad?”, cuestionó.

Y se preguntó: “¿Por qué no destinar mejor estos recursos a la prevención y a la restauración del tejido social? ¿Por qué no reconocer a las personas condenadas como sujetos políticos con derecho al voto?”.

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