Ley seca a partir de las 6:00 p. m. del sábado 18 de octubre, por elección de Consejos de Juventud, ¿dónde se aplicará?

La Registraduría recordó que debido a las elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud previstas para este domingo 19 de octubre, varias alcaldías anunciaron que habrá Ley Seca con el propósito de garantizar la normalidad en el orden público.

La medida, que se iniciará a las 6:00 p.m. del sábado 18 de octubre, será levantada a las 6:00 a.m. del lunes 20 de octubre.

Durante la jornada electoral del domingo, serán elegidos los representantes de los mecanismos autónomos de participación, concertación, vigilancia y control de la gestión pública.

Para garantizar el orden público de los diferentes puntos de votación del país, algunas alcaldías, municipios y ciudades impondrán la ley seca: Cartagena, Yopal, Ciénaga y Montería, donde estará prohibida la venta y el consumo de bebidas embriagantes.

La medida aplica para todos los establecimientos comerciales como tiendas, supermercados, bares, discotecas y restaurantes. También es necesario aclarar que los ciudadanos podrán ingerir estas sustancias en domicilios particulares, siempre y cuando se respete el Código Nacional de Policía.

Las personas que incumplan las indicaciones de la ley seca, se enfrentarán a sanciones económicas que pueden llegar a rondar los 32 salarios mínimos diarios legales vigentes.

45.183 candidatos

Un total de 45.183 candidatos aspiran a obtener una de las 11.012 curules a proveer en todo el territorio colombiano, durante estas elecciones.

Los mencionados candidatos conforman un total de 9.009 listas, distribuidas así: 4.331 por partidos y movimientos políticos con personería jurídica vigente, 2.358 por listas de jóvenes independientes y 2.320 por procesos y prácticas organizativas formalmente constituidas.

Es de resaltar que, el número de listas inscritas refleja un incremento del 15 % frente a las primeras elecciones de los Consejos de Juventud, realizadas en 2021; mientras que el número de candidatos aumentó en un 8 %, lo cual refleja el interés de los jóvenes en este espacio de participación democrática.

Los interesados pueden consultar los candidatos inscritos por circunscripción (local o municipal), departamento, municipio, localidad, agrupación política o nombre del candidato en la app ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita, en Google Play y App Store, y también está disponible en versión web: https://eleccionesjuventudes.registraduria.gov.co/. Candidatos inscritos por departamento:

100.687 jurados de votación

Un total de 100.687 personas entre los 14 y 60 años (18.134 menores de edad y 82.553 mayores de edad) prestarán su servicio como jurados de votación en las elecciones del domingo.

La Registraduría capacitó de manera presencial a los jurados de votación designados para estas elecciones en todo el país: 80.020 titulares y 20.667 remanentes. Las jornadas de capacitación iniciaron el pasado 29 de septiembre y finalizarán hoy, 17 de octubre.

Los jurados de votación deberán desempeñar funciones determinantes para garantizar el buen desarrollo de las elecciones: 1) De 8:00 a. m. a 4:00 p. m. atender el proceso de las votaciones y 2) Después de las 4:00 p. m. contar los votos y diligenciar de manera manual los resultados de las votaciones en los formularios E-14 o actas electorales.

Prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar las funciones o las abandonen podrían ser destituidos del cargo que desempeñan.

– En caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes ($14.235.000).

– En el caso de los menores de edad, deberán contribuir a socializar el Estatuto de Ciudadanía Juvenil a la comunidad joven de su territorio durante cuarenta (40) horas. El rector de la entidad educativa a la que pertenece verificará el cumplimiento de esta disposición.

– Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado dentro de los 45 días siguientes a la votación. Por su parte, los jurados de votación menores de edad obtendrán veinte (20) horas de servicio social estudiantil obligatorio.

Así serán distribuidos los jurados de votación designados por departamento:

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