Atención: El Consejo de Estado tumbó la elección de Leopoldo Múnera como rector de la Universidad Nacional

La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la elección del rector de la Universidad Nacional, Leopoldo Múnera para el periodo 2024-2027, luego de considerar que la decisión del Consejo Directivo de ese centro de educación superior fue arbitraria.

El alto tribunal de lo Contencioso Administrativo señaló que, además, se desconocieron las normas, al sobreponerse al acto de elección, reconocido como válido por el propio Consejo de Estado, de José Ismael Peña.

Como se recuerda, Peña Reyes había sido elegido rector de la Universidad Nacional, pero luego de una controvertida pelea por parte del Ministerio de Educación se le impidió posesionarse.

Según el alto tribunal, el proceso de designación del rector había concluido el 21 de marzo de 2024, fecha en la que el Consejo Superior Universitario lo nombró.

Por lo tanto, cualquier actuación posterior no podía modificar ese acto definitivo, amparado por la presunción de legalidad, al considerar que el acto de elección se consumó y debió respetarse.

En concreto, las normas en las que se amparó el Consejo Directivo de la Universidad Nacional para corregir supuestas “irregularidades administrativas” en el concurso solo podían aplicarse antes del acto definitivo de la elección y no cuando ya lo habían elegido.

José Ismael Peña, elegido rector de la Universidad Nacional

“Como consecuencia de lo anterior, el máximo órgano colegiado de la Universidad Nacional de Colombia, so pretexto de corregir una irregularidad, actuó sin competencia y desconoció la presunción de legalidad de la que se revisten los actos administrativos, incluidos los de elección o nombramiento” señaló el Consejo de Estado.

Para la Sección Quinta del alto tribunal, la competencia sobre si la elección consumada de Peña era ilegal o no le correspondía a una autoridad judicial vía demanda de nulidad, y no al Consejo Directivo de la Universidad Nacional.

Universidad Nacional

Señaló que el Consejo Superior aplicó de manera indebida el artículo 41 de la Ley 1437 de 2011, que permite corregir irregularidades dentro de una actuación administrativa, pero únicamente antes de que se expida la decisión final. En este caso, el trámite ya había culminado con la designación del rector Peña.

“Como consecuencia de lo anterior, el máximo órgano colegiado de la Universidad Nacional de Colombia, so pretexto de corregir una irregularidad, actuó sin competencia y desconoció la presunción de legalidad de la que se revisten los actos administrativos, incluidos los de elección o nombramiento, la cual puede desvirtuarse exclusivamente a través de una decisión adoptada por la jurisdicción de lo contencioso administrativo», indicó.

“Esta circunstancia impacta directamente la posterior elección del señor Leopoldo Alberto Múnera Ruiz, razón suficiente para encontrar acreditados los cargos de nulidad propuestos en la demanda”, determinó.  

El Consejo de Estado estudió 8 demandas de nulidad, entre ellas la radicada por la senadora Paloma Valencia, y los abogados Samuel Ortiz Mancipe, Lucas Durán Hernández, entre otros.

*Vea aquí: Abren investigación por muerte de menores de edad en bombardeos y se agita la carrera presidencial.

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