Las presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, Gloria Arizabaleta, del Pacto Histórico ordenó una medida cautelar que suspende del cargo al presidente Gustavo Petro hasta el 21 de junio, cuando se realiza la segunda vuelta.
Según esta decisión sin antecedentes y que genera dudas jurídicas, se busca evitar evitar su participación en política e injerencia en la campaña electoral, tal como lo han denunciado diferentes sectores políticos del país.
Sin embargo esta determinación ha generado dudas legales por cuando las decisiones de la Comisión de Investigación y Acusación deben ser sometidas a la plenaria de la misma célula y eventualmente a la plenaria de Cámara de Representantes.

De acuerdo EL TIEMPO varios miembros de esa comisión advirtieron que la medida «ya había sido considerada previamente y había sido desechada por la mismas dudas de viabilidad».
Incluso, el objetivo de la decisiónes abrirle la posibilidad al presidente Petro de «participar mucho más de lleno en la campaña a favor del candidato de su proyecto, Iván Cepeda. Esto porque lo liberaría de las restricciones de su cargo».

¿Decisión ilegal?
Entre tanto, el ministro del Interior, Armando Benedetti cuestionó la decisón del congresista del Pacto Histórico: «En derecho, no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al Presidente porque es una comisión de instrucción».
«Solo el Senado es quien puede hacerlo después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente. Luego la Comisión de Acusaciones no puede suspender al Presidente de la República, y menos la voluntad de una sola representante», puntualizó.
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